-

Departamento de Recursos Humanos

Men

La Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como la Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico dispone en su Capítulo XI, Artículo 11.001- Sistema para la Administración del Personal Municipal, que el Municipio establecerá un sistema autónomo para la administración del personal municipal el cual habrá de regirse por el principio de mérito.

Nuestra misión es promoverun sistema de administración de recursos humanos moderno y equitativo a los fines de asegurar la fiel aplicación del principio de mérito en todo momento y a su vez promover un servicio público de excelencia sobre los fundamentos de de equidad, justicia, eficiencia y productividad con la finalidad de facilitar y apoyar el trabajo de las demás unidades administrativas y operacionales.

Entre los objetivos están:

  1. Asesorar y orientar a funcionarios, directores  y demás empleados en la implementación de la política pública y los procedimientos relacionados con la Administración de Recursos Humanos.
  2. Implantar, desarrollar, revisar y hacer cumplir los reglamentos, normas y procedimientos relacionados con la Administración de Recursos Humanos.
  3. Establecer sistemas adecuados para la evaluación periódica de los empleados a los fines de determinar si éstos satisfacen los criterios de productividad, eficiencia, orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público.
  4. Implantar y mantener un programa adecuado de adiestramiento y capacitación para desarrollar al máximo el talento y capacidades de los empleados.
  5. Establecer las normas de reclutamiento para cada clase de puesto comprendida en el Plan de Clasificación a los fines de atraer y retener en el servicio público los mejores recursos humanos disponibles.
  6. Implantar y mantener un Plan de Clasificación y Retribución a los fines de proveer un trato equitativo a los empleados.
  7. Velar por que el disfrute de los beneficios marginales se lleve a cabo conforme a un plan que mantenga un balance adecuado entre las necesidades del servicio, las necesidades del empleado y la utilización óptima de los recursos disponibles.
  8. Conservar, custodiar y mantener los expedientes de personal de los empleados, los cuales habrán de reflejar el historial completo de éstos desde la fecha de su ingreso original al servicio público hasta el momento de su separación definitiva.

 

La Oficina de Administración de Recursos Humanos está compuesta por la siguiente áreas:

  1. Oficina del Director: su función es la de asesorar y orientar al Alcalde, funcionarios y demás empleados en la implementación de la política pública y los procedimientos relacionados con la administración de los recursos humanos. Le corresponde además hacer cumplir los reglamentos, normas y procedimientos relacionados con la administración de los recursos humanos. El Director está asistido por un grupo de apoyo administrativo y técnico, entre los cuales se encuentran:
  2. Administración: grupo de apoyo administrativo a cargo de dar servicio directo tanto a empleados como público en general que visita y/o solicita servicios en la Oficina de Administración de Recursos Humanos. Está a cargo además de canalizar asuntos pendientes a las diferentes unidades de la Oficina, canalizar asuntos de prioridad a la Oficina del Director y brindar servicios de naturaleza variada tales como certificaciones de empleo, entrega de solicitudes de empleo y coordinación de reuniones pertinentes al personal de la Oficina, entre otros.
  3. Reclutamiento y Selección: a cargo de preparar y divulgar las oportunidades de empleo disponibles mediante la publicación de convocatorias y coordinar todo lo relacionado a entrevistas, evaluación de solicitudes de empleo, registro de elegibles y otros relacionados con dicha área. Le corresponde además preparar nombramientos y/o renovaciones de los mismos y los trámites relacionados a ascensos, descensos y traslados entre otros.
  4. Clasificación y Retribución: a cargo de mantener actualizado el Plan de Clasificación y Retribución registrando los cambios que ocurran en los puestos de manera que éste refleje las condiciones reales presentes. Le corresponde además evaluar peticiones de reclasificación de puestos, ajustes de salarios y trámites que correspondan en lo que concierne a puestos de nueva creación y/o puestos eliminados del presupuesto, basándose en los procedimientos establecidos para dicho trámite.
  5. Retención: a cargo de la evaluación y trámites relacionados con los casos de empleados referidos para la imposición de medidas disciplinarias tales como notificación de cargos, coordinación de vistas y citación de testigos, entre otros. Además, realizar investigaciones y preparar informes según requerido en aquellos casos de empleados a quienes se les imputan violaciones a leyes y/o reglamentos. Le corresponde además orientar a funcionarios y empleados sobre las normas y reglamentos establecidos para la aplicación de medidas disciplinarias.
  1. Adiestramiento: a cargo de planificar y coordinar programas de adiestramiento, cursos cortos y proyectos especiales que permita a los empleados alcanzar mayores niveles de eficiencia y productividad. Le corresponde además preparar un Plan Anual de Adiestramiento, mantener un banco de recursos de adiestramiento, mantener un Registro actualizado de horas de adiestramiento por empleado para cada año fiscal y mantener a los empleados debidamente orientados sobre el Plan de Adiestramiento.
  2. Evaluaciones y Plan de Acción Afirmativa: a cargo de establecer y mantener un sistema adecuado para la evaluación periódica de los empleados a los fines de determinar si éstos satisfacen los criterios de orden y disciplina que deben prevalecer en el servicio público. Le corresponde a demás desarrollar planes de acción afirmativa a los fines de dar apoyo, orientación u otros a aquellos empleados a quienes se les requiera una mejoría sustancial en su desempeño.
  3. Programa de Ayuda al Empleado: a cargo de coordinar servicios con agencias públicas y privadas mediante referidos pertinentes a situaciones confrontadas por los empleados tanto a nivel laboral como personal. Dar seguimiento en la fase de tratamiento recomendado por el profesional y/o agencia al cual fue referido. Además, redactar un expediente social por cada caso atendido, mantener un banco de recursos y/o agencias para la coordinación de servicios y someter informes mensuales de las tareas realizadas, además de llevar a cabo un inventario de necesidades de servicios existente en las respectivas dependencias (en coordinación con la Unidad de Adiestramiento).
  4. Transacciones de Personal: a cargo de mantener a los empleados debidamente informados y orientados sobre el uso de licencias (vacaciones, enfermedad y otros) y los términos y condiciones que rigen su disfrute. Además, está a cargo de procesar y mantener los records de asistencia de los empleados y mantener informada a la Unidad de Nóminas en aquellos casos que conlleven ajustes en salarios u otros.
  5. Nóminas: a cargo de preparar las nóminas de los empleados, ya sean regulares, transitorios u otros. A demás, le corresponde registrar todo cambio que le sea referido de las unidades antes mencionadas, tales como nombramientos, reclasificaciones, cesantías y/o renuncias entre otros, que conlleven ajustes en las nóminas. Además, está a cargo de los trámites relacionados con deducciones a empleados tales como plan médico, pensiones alimentarias, préstamos y otros permitidos y/o requeridos por ley.
  6. Beneficios Marginales: a cargo de orientar a los empleados y tramitar todo lo relacionado a la Administración de los Sistemas de Retiro (pensiones, reembolsos y préstamos, entre otros). Le corresponde además orientar a los empleados sobre los beneficios de plan médico y tramitar todo lo relacionado a retenciones, aportaciones patronales y otros relacionados con dicha área.

Contáctenos:

recursoshumanos@vegabaja.gov.pr

787.855.2500 ext 2104

Po box 4555 Vega Baja PR,00694

Somos un Patrono con Igualdad de
Oportunidades en el Empleo

Enlace permanente a este artículo: https://www.vegabaja.gov.pr/departamento-de-recursos-humanos-2/